Hoy os traemos una nueva Instrucción de la Dirección General de Tráfico, dedicada a lasinfracciones cometidas por los conductores de vehículos prioritarios (como los "patrulleros") o de matrícula reservada (los casos más comunes, son los de infracciones por exceso de velocidad detectadas por radar, aunque también podemos encontrarnos con otras infracciones, como las de estacionamiento).

La instrucción también se refiere a los "vehículos con matrícula reservada", es decir, aquellos otros que sin tener el carácter indicado en el párrafo anterior, realizan determinadas funciones de seguridad pública o vigilancia que, debidamente valoradas y justificadas, puedan amparar una circulación por encima de los límites de velocidad (vehículos de "altos cargos").
JUSTIFICACIÓN DETALLADA Y AVALADA POR EL MANDO SUPERIOR
En resumen, la instrucción viene a decir ante infracciones que sean cometidas por conductores de vehículos prioritarios o con matrícula reservada, ya no valen justificaciones como la premura de tiempo, que es un vehículo oficial, descuido, etc.
Por el contrario, habrá que justificar de forma detallada la prestación de un servicio urgente, que además habrá de estarnecesariamente avalada dicha justificación por el Mando superior.
No hay comentarios:
Publicar un comentario