viernes, 27 de mayo de 2016
miércoles, 25 de mayo de 2016
viernes, 20 de mayo de 2016
viernes, 13 de mayo de 2016
Nueva Instrucción de la DGT 16/S-141
Nueva Instrucción de la DGT 16/S-141, sobre infracciones cometidas por "vehículos prioritarios"
Hoy os traemos una nueva Instrucción de la Dirección General de Tráfico, dedicada a lasinfracciones cometidas por los conductores de vehículos prioritarios (como los "patrulleros") o de matrícula reservada (los casos más comunes, son los de infracciones por exceso de velocidad detectadas por radar, aunque también podemos encontrarnos con otras infracciones, como las de estacionamiento).
En ella se hace referencia, entre otros, a los vehículos de servicio de urgencia, los equipos de mantenimiento de las instalaciones y de la infraestructura de la vía y los vehículos que acudan a realizar un servicio de auxilio en carretera. Recordemos que los vehículos como los de servicios de policía, extinción de incendios, protección civil y salvamento, y de asistencia sanitaria (pública o privada) pueden circular por encima de los límites de velocidad establecidos, en ciertos supuestos.
La instrucción también se refiere a los "vehículos con matrícula reservada", es decir, aquellos otros que sin tener el carácter indicado en el párrafo anterior, realizan determinadas funciones de seguridad pública o vigilancia que, debidamente valoradas y justificadas, puedan amparar una circulación por encima de los límites de velocidad (vehículos de "altos cargos").
JUSTIFICACIÓN DETALLADA Y AVALADA POR EL MANDO SUPERIOR
En resumen, la instrucción viene a decir ante infracciones que sean cometidas por conductores de vehículos prioritarios o con matrícula reservada, ya no valen justificaciones como la premura de tiempo, que es un vehículo oficial, descuido, etc.
Por el contrario, habrá que justificar de forma detallada la prestación de un servicio urgente, que además habrá de estarnecesariamente avalada dicha justificación por el Mando superior.
Hoy os traemos una nueva Instrucción de la Dirección General de Tráfico, dedicada a lasinfracciones cometidas por los conductores de vehículos prioritarios (como los "patrulleros") o de matrícula reservada (los casos más comunes, son los de infracciones por exceso de velocidad detectadas por radar, aunque también podemos encontrarnos con otras infracciones, como las de estacionamiento).
En ella se hace referencia, entre otros, a los vehículos de servicio de urgencia, los equipos de mantenimiento de las instalaciones y de la infraestructura de la vía y los vehículos que acudan a realizar un servicio de auxilio en carretera. Recordemos que los vehículos como los de servicios de policía, extinción de incendios, protección civil y salvamento, y de asistencia sanitaria (pública o privada) pueden circular por encima de los límites de velocidad establecidos, en ciertos supuestos.
La instrucción también se refiere a los "vehículos con matrícula reservada", es decir, aquellos otros que sin tener el carácter indicado en el párrafo anterior, realizan determinadas funciones de seguridad pública o vigilancia que, debidamente valoradas y justificadas, puedan amparar una circulación por encima de los límites de velocidad (vehículos de "altos cargos").
JUSTIFICACIÓN DETALLADA Y AVALADA POR EL MANDO SUPERIOR
En resumen, la instrucción viene a decir ante infracciones que sean cometidas por conductores de vehículos prioritarios o con matrícula reservada, ya no valen justificaciones como la premura de tiempo, que es un vehículo oficial, descuido, etc.
Por el contrario, habrá que justificar de forma detallada la prestación de un servicio urgente, que además habrá de estarnecesariamente avalada dicha justificación por el Mando superior.
martes, 10 de mayo de 2016
lunes, 9 de mayo de 2016
miércoles, 4 de mayo de 2016
Readmision de Pantxo
Añadir leyenda |
Hoy los Bomberos/as Forestales de la Comunidad Valenciana estamos de enhorabuena, nuestro compañero Francisco
Peralta “Pantxo” vuelve a estar con nosotros, pues ha sido readmitido.
Recordemos
que fue despedido por la empresa Tragsa
tras el incendio de la Torre en agosto de 2012, argumentando la empresa que
había amenazado a un superior
Una sentencia del Juzgado de lo Social
calificaba el despido de improcedente, pero aun así la empresa no aceptaba su readmisión.
De parte de Pantxo. “Hoy volveré a sentirme bombero forestal.
Quiero que sepáis que si he vuelto ha sido gracias a vosotros....a todos!....
sindicatos, compañeros/as y al nuevo equipo del gobierno valenciano responsable
de los Bomberos Forestales.
Pero la lucha continua, Pantxo ha vuelto para
solo 6 meses en una Brigada de refuerzo, no descansaremos hasta que le
devuelvan su puesto de trabajo en las mismas condiciones que tras su despido
improcedente.
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